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El Constitucional alemán da luz verde a prohibir el velo a las pasantes de tribunales

Sala del Tribunal Constitucional de Alemania. © Mehr Demokratie / CC

El Tribunal Constitucional de Alemania sentencia que es legal pedir a las mujeres musulmanas con velo que se lo quiten para ejercer su profesión como pasantes en la sala de un tribunal. Pero deja que sean los jueces quienes decidan en cada caso, pues reconoce que prohibir el velo limita el derecho a la libertad de religión al mismo tiempo que estima que el hiyab impide mostra la “neutralidad” necesaria a la Justicia.

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La sentencia del Constitucional hace especial hincapié en esa “neutralidad” que debe mostrar la Justicia en la sala. Sin embargo, reconoce que este derecho colisiona con el de la libertad religiosa “y otros derechos básicos” de la denunciante. Por ello, no prohíbe per se llevar el velo a las pasantes que lo porten, sino que permite que el juez o jueza se lo prohíba si lo estima oportuno.

La sentencia es la respuesta a la demanda de una ciudadana del Estado federado de Hesse, una mujer germano-marroquí que lleva hiyab y denunció su caso durante su formación como pasante (su identidad no ha trascendido, pues en la sentencia hecha pública solo figura que es doctora -en el sentido académico-: “Frau Dr. E”). Así, vio también afectada no solo su libertad religiosa sino también su formación académica.

La presidenta de la Alianza para la Acción de Mujeres Musulmanas en Alemania, Gabriele Boos-Niazy comentó recientemente a Salam Plan que medidas como ésta provocan la islamofobia creciente en Alemania y atentados como el de Hanau. “Desde hace más de 20 años nos vemos, como mujeres musulmanas con velo, una y otra vez enfrentadas a prohibiciones profesionales, que siempre se argumentan igual: un observador ‘objetivo’ podría tener la impresión de que la portadora del pañuelo no respeta la Constitución y pretende un ‘Estado de Dios’. En resumen, que quiere infiltrarse y destruir el sistema democrático, denunciaba.

“Desde hace más de 20 años nos vemos, como mujeres musulmanas con velo, una y otra vez enfrentadas a prohibiciones profesionales”

— Gabriele Boos-Niazy, Alianza para la Acción de Mujeres Musulmanas

Un aspecto positivo para Boos Niazy es que el Tribunal Constitucional del país diera luz verde no hace mucho, y tras más de una década de litigios, a que las maestras musulmanas que quisieran pudieran llevar pañuelo en escuelas y guarderías. Pero lamenta que actualmente se haya prohibido cubrirse la cabeza en la carrera judicial, medida tomada en algunos Estados federados.

El Constitucional argumenta ahora que en la escuela debe “reflejarse la pluralidad religiosa de la sociedad”, mientras que “en la Justicia el Estado se presenta al ciudadano desde la superioridad clásica”. Entre las tareas de un pasante del tribunal, está levantar el acta del juicio o ejercer tareas de apoyo -como la investigación- a los jueces, según la definición de Bachelor Print.

En Baviera hace un año se tomó una decisión similar a la anunciada este jueves: allí se puede solicitar tanto juezas como abogadas que se quiten el velo durante los juicios. La presidenta de la citada asociación de mujeres musulmanas de Alemania lo considera una clara discriminación hacia las mujeres musulmanas que llevan velo y los hombres judíos con kipá.

La sentencia aplica en teoría de igual manera a cualquier símbolo religioso. La decisión ha sido acogida con agrado por algunos ciudadanos, que lo consideran efectivamente parte de la neutralidad del Estado. Otros ciudadanos denuncian discriminación hacia los musulmanes, u otras religiones. Un tuitero que se define como “antiracista” pide, por ejemplo, que se retiren entonces las cruces que presiden algunas salas de los tribunales alemanes.

“Alemania: la sala de un tribunal debe comportarse de forma neutral. Por eso también la prohibición del velo”, ironiza este activista.

Si bien Salam Plan no ha podido comprobar la veracidad de ésta y otras imágenes que ha compartido, sí representan la realidad de que los tribunales alemanes pueden mostrar un crucifijo en sus salas. En un artículo de Süddeutsche Zeitung dedicado a los crucifijos en los tribunales y fechado en el año 2016, se explicaba lo siguiente: el Tribunal Constitucional estableció en 1973 que nadie puede ser forzado a enfrentarse a una causa judicial “contraria a sus convicciones religiosas o ideología bajo la cruz”.

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